¿Sabes lo que pide el inspector de trabajo cuando nos visita?

NOSOTROS SI

Por ejemplo:

El seguro *convenio colectivo de accidente*

Cada empresa está obligada a contratar un seguro de accidentes que garantice a sus trabajadores las prestaciones que en el acuerdo se establezcan.

Los trabajadores asegurados en póliza son los incluidos en el TC2.

Las garantías y capitales son las que establezca el convenio por el que se rige la empresa

  • Fallecimiento por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Incapacidad permanente parcial por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Incapacidad permanente absoluta por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Incapacidad permanente total por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Gran invalidez por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Asistencia sanitaria por accidente.
  • Incapacidad temporal por accidente.

– El seguro *RESPONSABILIDAD CIVIL*

El seguro de responsabilidad civil va dirigido a empresarios o profesionales que quieren la tranquilidad de estar cubiertos ante cualquier imprevisto.

La tranquilidad de prevenir.

Las consecuencias de un accidente pueden causar daños irreparables.

Riesgos de la actividad de la empresa. La propia actividad de la empresa o del autónomo genera una serie de riesgos que pueden derivar en reclamaciones.

Contacta con nosotros

Te asesoramos, te damos presupuesto

Este sitio web utiliza cookies    Configurar y más información
Privacidad